La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) abre el 12 abril un programa nacional de ayuda a familias para el pago de los costos funerarios de víctimas del COVID-19.

Adi Talwar

Cementerio Woodlawn en el Bronx.

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El 8 de febrero el líder de la mayoría del Senado, Chuck Schumer, y la representante Alexandria Ocasio-Cortez anunciaron que $2.000 millones de dólares estarían disponibles en fondos especiales en la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) para ayudar a familias con el pago de los costos de funeral y el entierro de víctimas del COVID-19.

La idea de crear este fondo de ayuda había surgido pronto en la pandemia, hacia abril de 2020, cuando líderes de la comunidad de Elmhurst, uno de los primeros focos de concentración de casos en la ciudad de Nueva York, señalaban que no solo las personas de bajos recursos estaban sufriendo de un mayor número de casos de COVID-19 sino que también ya veían el impacto que generaba los gastos funerarios.


A mediados de abril de 2020, Schumer, en ese momento líder de la minoría en el Senado, y Ocasio-Cortez instaban para que FEMA aprobara una asistencia funeraria especial para ayudar a los neoyorquinos a enterrar a los familiares que fallecieron por coronavirus.

Un año después de este primer llamado, el 12 de abril se abre el programa de asistencia para gastos funerales por COVID-19 así que City Limits ha preparado esta guía sobre el cómo aplicar a esta asistencia luego de hablar con FEMA.

Primero que todo, ¿quién es elegible?

La respuesta no es sencilla pues hay varios requisitos. El solicitante debe ser ciudadano estadounidense, o nacional no ciudadano (es decir residente que aún no es ciudadano), o extranjero cualificado (que tiene visa con estatus legal).

Esta persona que hace la solicitud debió haber incurrido en gastos funerales después del 20 de enero de 2020 y el certificado de defunción debe indicar que la muerte se atribuyó a COVID-19, o estuvo relacionada con complicaciones de COVID-19, o la muerte fue causada por, o pudo haber sido causada por, o fue probablemente el resultado de COVID-19, o síntomas similares a COVID-19, dice un portavoz de FEMA por teléfono. O frases similares que indican una alta probabilidad de COVID-19 se consideran atribución suficiente.

El estatus migratorio de la persona fallecida no importa solo el estatus migratorio del solicitante a la asistencia. Además, la muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos, sus territorios o el Distrito de Columbia, por lo cual este programa no está disponible para ciudadanos estadounidenses fallecidos fuera de los Estados Unidos.

¿Cómo se hace la solicitud?

Por el momento, solo hay una forma de aplicar y es llamando al 844-684-6333 o teletipo 800-462-7585, de lunes a viernes entre las 9 am hora del este (8 am horario central donde se reciben las llamadas) y las 9 pm hora del este (8 pm horario central). 

FEMA dice que habrá servicios en múltiples idiomas que incluyen español, chino, vietnamita, entre otros. La solicitud de reembolso por estos gastos es de carácter retroactivo y cubre desde el 20 de enero de 2020 hasta la fecha. Por el momento no se ha establecido ninguna fecha máxima para aplicar o después de la cual el programa cierre, dice la FEMA.

La aplicación tiene dos partes. La primera se hace al momento de llamar. Un funcionario de FEMA le pedirá información como Número de Seguro Social (SSN por sus siglas en inglés) del solicitante y, si es el caso, de la persona fallecida; fecha de nacimiento del solicitante y de la persona fallecida; dirección, número de teléfono, número de cuenta y ruta de la cuenta del solicitante para depósito directo (si se elige esta opción como forma de desembolso). También está la opción de reembolso por cheque enviado a la dirección postal, aunque FEMA dice que la forma más rápida de recibir los fondos es a través del depósito directo a la cuenta bancaria.

Sobre la persona fallecida se pedirá el lugar o dirección donde murió la persona, información sobre la póliza de seguro para funeral. También se pedirá información adicional sobre otras asistencias funerales recibidas (como donaciones), o subvenciones recibidas bajo la ley CARES o asistencia de otras organizaciones.

Una vez se complete este proceso el solicitante debe recibir un número de registro o de aplicación. Ese número es importante, advierte FEMA.

La segunda parte es proporcionar la documentación de apoyo a FEMA. Este proceso se puede hacer de varias maneras: a través de la web, creando una cuenta en DisasterAssistance.gov y subiendo los documentos (que explicaremos en el siguiente apartado), o enviándolos por fax, o por correo postal.

¿Qué documentos debe proporcionar a la hora de solicitar la asistencia?

Debe presentar una copia del certificado de defunción el cual debe estipular que la muerte de la persona estuvo relacionada con el COVID-19.

Prueba(s) de los gastos funerarios efectuados por el solicitante (recibos, contrato de la funeraria, etcétera con fecha después del 20 de enero de 2020) y documentos sobre otro tipo de ayuda recibida ya que esta asistencia reembolsará el monto restante no cubierto por otra ayuda. La documentación de los gastos debe incluir el nombre del solicitante como responsable del gasto, el nombre del individuo fallecido y el valor de los gastos funerarios.

¿Cuál es el monto máximo que cubre esta ayuda y se puede solicitar reembolso por más de una persona fallecida?

El monto máximo que cubre esta ayuda es de $9.000 dólares en el caso de un funeral y hasta un máximo de $35.500 dólares por varios funerales (que cumplen los requisitos descritos anteriormente).

¿Qué tipo de gastos funerarios cubre esta ayuda?

Cubre servicios funerarios, el entierro, la cremación y estos suelen incluir: transporte personas para identificar al fallecido; traslado de restos; ataúd o urna; parcela de enterramiento o nicho de cremación; placa o lápida; servicios religiosos; organización de ceremonia funeraria; cobros por la elaboración y certificación de múltiples certificados de defunción.

Los recibos de gastos que no estén relacionados con los servicios funerarios no se considerarán gastos subvencionables advierte FEMA.

¿Cuánto tiempo puede tardar en recibir la asistencia?

Desafortunadamente FEMA no quiso proveer un tiempo estimado y dijo que cada aplicación es única así no se sabe cuánto tiempo se necesitará para procesar una aplicación.

Recuerde que FEMA no llamará a personar para registrarse en este programa así que, como siempre, tenga cuidado con las estafas y no revele información. FEMA espera un gran volumen de llamadas a medida que se abren las líneas telefónicas, por lo que piden paciencia a quienes intentan solicitar esta asistencia.